En 2026 entra en vigor la nueva ley de registro de jornada
que obliga a todas las empresas a implantar sistemas digitales de
fichajes para el control horario. Y te preguntarás, ¿Qué tengo que hacer en mi empresa para cumplir la ley?, ¿Cuando tengo que hacerlo?
¿Puedo seguir utilizando una hoja de Excel? En este articulo intentamos responder a todas estas preguntas.
Desde 2019 todas las empresas españolas están obligadas a
llevar un registro de jornada de sus trabajadores. ¿Qué es lo que va
a cambiar en 2026?
La adaptación a la nueva ley exige que el control
horario se realice de forma digital, que garantice la trazabilidad,
que sea un sistema fiable y no se pueda manipular o modificar
después.
El sistema debe registrar con exactitud el inicio y fin de
jornada, así como pausas y descansos.
Debe ser posible fichar desde cualquier ubicación para
permitir el teletrabajo y movilidad de los trabajadores.
Los registros deben estar disponibles de manera inmediata para
la Inspección de Trabajo.
Los datos deben guardarse al menos 4 años.
Se debe respetar la privacidad y cumplir el Reglamento General
de Protección de Datos (RGPD).
Queda totalmente prohibido cualquier método como: hojas de Excel,
firmas en papel, etc, ya que no cumplen con estas condiciones.
Utilizar huella o datos biométricos para fichar no será posible ya
que son datos especialmente sensibles, salvo que se justifique su
necesidad y se garantice el cumplimiento del RGPD.
Las empresas disponen de un periodo de adaptación en el primer
semestre de 2026, pero cuanto antes lo tengas implantado en tu empresa mejor.
En Informática Guille
tenemos el sistema que permitirá adaptar tu empresa a la
nueva ley de forma rápida, sencilla y lo más económico posible. Contáctanos
y te lo contamos.
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